fbpx

La compra de participaciones en sociedades mercantiles

La compra de participaciones es la principal forma de entrar en el capital de las sociedades mercantiles de pequeño tamaño. ¿Quieres saber cómo se pueden llevar a cabo? El artículo indica cómo adquirir participaciones o venderlas sin problemas. La idea es que resulte mucho más sencillo saber a qué te puedes atener en estos casos.

Los requisitos de la compra de participaciones

La Ley de Sociedades de Capital es el texto legal que regula la compraventa de participaciones sociales. Es importante diferenciar entre participación y acción, puesto que no son lo mismo. Las participaciones son la forma de distribuir la propiedad en una Sociedad Limitada (SL). En cambio, las acciones son la forma de distribuir la propiedad en las Sociedades Anónimas.

La legislación, en este caso, prioriza la estabilidad en la propiedad de la empresa. Este es el motivo por el que las SL suelen estar asociadas a negocios familiares o de pequeño tamaño. Ahora bien, sí hay la posibilidad de comprar participaciones. Lo que sucede es que la ley restringe, y mucho, la posibilidad de entrada a agentes externos. Este es el motivo por el que las grandes empresas no suelen optar por este formato.

La compra de participaciones en sociedades mercantiles puede realizarse de dos maneras. El primer supuesto es el de compra a otro socio de la compañía. En segundo lugar, existe la posibilidad de compra por parte de una persona externa a la sociedad.

Compra de participaciones de otro socio

La compra de participaciones de otro socio es el sistema más habitual. Cuando esto sucede, la Ley de Sociedades de Capital no exige el consentimiento de las otras partes. Es importante señalar que la idea de la legislación es dificultar la adquisición de participaciones a titulares externos. Un ejemplo es que,  en el artículo 108, se prohíbe incluir en los Estatutos la libre compraventa.

Compra por parte de una persona no socia

La compra de las participaciones por parte de una persona no socia es posible, pero se exigen una serie de pasos. El primero de ellos, que todos los socios renuncien al derecho de tanteo o adquisición preferente. Esto significa que solo puede entrar una persona externa al capital si todos los socios lo permiten mediante una renuncia notarial. En la práctica, esto solo es posible en PYMES unipersonales o de pocos socios.

Conclusión

La transmisión de participaciones por compraventa en PYMES está sujeta al consentimiento previo. No ha de extrañar, puesto que el modelo quiere favorecer la estabilidad de la propiedad. Esta es una buena opción si quieres tranquilidad y controlar las entradas y salidas de socios.

La Gestoría Fiscal Contable te proporciona la ayuda necesaria para que puedas gestionar las cuentas y la contabilidad de tu compañía. Muchos autónomos desconocen sus obligaciones legales, de ahí que busquen asesoría legal. Si este es tu caso, aquí encontrarás toda la ayuda que necesitas para despreocuparte.

No dudes en contactarnos, ganarás en tiempo, en dinero y en tranquilidad. Hoy no tienes que pagar mucho dinero para contar con una asesoría profesional.

Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Hablemos

Quieres recibir un PDF GRATIS con las nuevas cuotas de autónomos 2023? Rellena el formulario de a continuación y lo recibirás automáticamente. También puedes enviaros un whatsapp y te responderemos en un máximo de 24 horas laborables.