fbpx

Consideraciones generales sobre la jubilación en España

La jubilación es un derecho al que podemos acceder de dos maneras. La más común, después de haber cotizado un periodo mínimo de años. La segunda, si tenemos una incapacidad permanente que nos impide trabajar. Aunque pueden acceder autónomos y trabajadores por cuenta ajena, los importes a percibir son diferentes. También es importante valorar los mínimos de tiempo cotizados para acceder a este derecho. En este artículo ofrecemos más detalles acerca de la legislación que rige en España de aplicación general.

La edad mínima para jubilarse y el tiempo cotizado

El primer aspecto que has de conocer es que, con carácter general, la jubilación se puede solicitar a partir de los 67 años. Ahora bien, también existe la posibilidad de jubilarse a los 65 años siempre y cuando se hayan cotizado 38 años y 6 meses o más.  Además, una persona podrá jubilarse antes de tiempo por tener una discapacidad superior al 45 %. Si tienes buena salud y eres joven, lo habitual es que te tengas que jubilar a los 67 años. No solo porque el mínimo esté marcado así, sino por la imposibilidad de cotizar el periodo que se solicita.

No obstante, hay determinadas profesiones que pueden acceder a la jubilación a los 60 sin ser mutualista o 61 años si lo eres. Finalmente, hay que destacar que profesionales como los mineros, bomberos, ferroviarios, toreros, artistas y determinados policías también lo pueden hacer antes.

Cantidad a percibir en la jubilación

La cantidad que se va a percibir dependerá de dos factores. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, de la nómina media. Si eres autónomo, tendrás que tomar como referencia la cuota que has pagado; por lo tanto, a partir de una cierta edad, te interesará pagar más. En 2018, se toma como referencia la media de los últimos 21 años cotizados, aunque a partir de 2021 serán los últimos 25 años. La tendencia es a ampliar el periodo de cómputo, así que deberás tener en cuenta este aspecto.

En cualquier caso, sí te conviene saber que, en la jubilación, hay mínimos y máximos. La pensión mínima con cónyuge es de 788,9 euros y la máxima de 2580,13 euros. En cualquier caso, sí es importante indicar que esta cantidad se renueva año tras año. Con la legislación en la mano, tiene que subir, como mínimo, un 0,25 % anual. Eso sí, está previsto que en 2019 aumenten de media, como mínimo, un 2 %. Este es el aspecto más arbitrario de la legislación.

Conclusión

Como podemos ver, las condiciones de la jubilación son diversas y, en la práctica, hay dos cuestiones a tener en cuenta. La primera, que recomendamos solicitar el informe de vida laboral para comprobar nuestro periodo de cotización. En segundo lugar, y si es posible, convendría asesorarse con una Gestoría Fiscal Contable para saber a cuánto tenemos derecho. Ambos aspectos son importantes porque, de esta manera, podrás planificar mejor tu futuro. Te recomendamos que delegues las funciones en una gestoría especializada. De esta forma, ganarás en tranquilidad, tanto si eres particular como si eres autónomo. Contacta con nosotros y te informaremos.

 

Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Hablemos

Quieres recibir un PDF GRATIS con las nuevas cuotas de autónomos 2023? Rellena el formulario de a continuación y lo recibirás automáticamente. También puedes enviaros un whatsapp y te responderemos en un máximo de 24 horas laborables.