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El Impuesto de Sociedades para empresas

El Impuesto de Sociedades es una de las principales fuentes de ingresos para la Administración. Por otra parte, también es el principal tributo para gravar los beneficios empresariales, de ahí su importancia. Dependiendo del Estado o la actividad, la cantidad a pagar es diferente. Exenciones o tipos diferentes en función de la facturación son los elementos que más influyen en estas variaciones. En los últimos años, se ha intentado una armonización fiscal en la Unión Europea, pero está sigue siendo lejana. Este artículo dará unas claves sobre cómo liquidar este tributo y las cuestiones que has de tener en cuenta.

Qué es el Impuesto de Sociedades

El Impuesto de Sociedades se basa en una premisa: gravar los beneficios empresariales. Por este motivo, se aplicará en aquellas sociedades mercantiles que declaren beneficios en un ejercicio. Es fundamental dejar claro que, si eres persona física, tributarás según tu IRPF e IVA aunque tengas un negocio. En España, este tributo está vigente en todo el territorio nacional (a diferencia del IVA), pero con algunas excepciones en el tipo de gravamen. Hay que tener en cuenta que el Concierto vasco y el Convenio navarro permiten que estos territorios fijen su propio tipo de gravamen. Por lo tanto, puede haber variaciones en función de la Comunidad Autónoma.

En España, el tipo general de este impuesto está en el 25 % de los beneficios brutos de la empresa. Esta cantidad se conoce como base imponible y, a partir de ahí, se descontarán los tributos que correspondan. Ahora bien, para empresas de nueva creación es del 15 % los dos primeros ejercicios. Finalmente, y en las cooperativas, el tipo de gravamen se reduce al 20 %. No obstante, hay que decir que las empresas de crédito e hidrocarburos tributan el 30 %. Estas cifras, como hemos comentado, varían en la Comunidad Autónoma Vasca y en Navarra.

Cómo abonar el Impuesto de Sociedades

El Impuesto de Sociedades se tiene que abonar mediante el modelo 200, con carácter general. Para determinadas cuestiones concretas, además, se tiene que presentar el 220. El pago del impuesto se puede realizar de una sola vez o mediante el pago fraccionado en tres veces. Esta última alternativa es elegida por muchas pequeñas empresas porque permite contar con más facilidades de tesorería. Es sabido que, en muchos casos, se acumulan los pagos en un determinado momento del año y eso puede ser problemático. De todas formas, sí es muy recomendable que consultes a tu asesor fiscal si te conviene.

En función del ejercicio, variarán los tipos de gravamen, aunque el Impuesto de Sociedades se liquide con posterioridad. Hay que tener en cuenta, además, que sociedades que antes no tributaban, como las civiles, ahora tienen que pagarlo. También has de tener en cuenta que hay algunas actividades exentas y negocios específicos con tributaciones inferiores de la general. Por este motivo, es muy conveniente que, si no tienes claras estas cuestiones, las preguntes antes con una Gestoría Fiscal Contable de confianza. De esta forma, evitarás malos entendidos que puedan derivar en sanciones y, además, sabrás cómo te favorece la fiscalidad.

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