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Pisos turísticos: ¿He de legalizarlos?

Tradicionalmente, una persona que tenía una vivienda a la que no daba uso la podía alquilar unos días a visitantes sin más. El problema es que este fenómeno se ha generalizado. Por ese motivo, la mayoría de las ciudades y Comunidades Autónomas están tomado medidas para frenar la proliferación de los mismos. En este artículo te indicamos con más detalle la obligación de legalizar los pisos turísticos y las obligaciones.

La normativa de pisos turísticos en España

Antes de nada, conviene aclarar que no hay una normativa nacional de alquiler de pisos turísticos. En la práctica, los pasos para registrar una vivienda como piso turístico dependen de cada Comunidad Autónoma. De hecho, hay territorios que aún no han regulado esta cuestión, aunque la tendencia es que se generalice esa exigencia. Cuando eso no sucede, se tendría que hacer un contrato temporal de alquiler. Por razones prácticas, nos centramos en los requisitos de Catalunya.

Cómo legalizar un piso turístico en Catalunya

La normativa que rige el alquiler de pisos turísticos en Catalunya es el Decreto 159/2012. Conviene diferenciar entre los apartamentos turísticos, creados ad hoc, y los pisos turísticos, que conviven con las viviendas de uso particular.

Por otra parte, hay que indicar que el alquiler de los pisos turísticos nunca puede ser superior a 31 días. De lo contrario, la normativa que hay que aplicar es la Ley de Arrendamientos Urbanos, vigente en toda España.

Para dar de alta esta vivienda hay que realizar una solicitud al ayuntamiento correspondiente que, posteriormente, solicitará un Número de Inscripción (NIRC) a la Comunidad Autónoma que será el que se tenga que utilizar en cualquier contrato que se haga. El registro que gestiona la Generalitat de Catalunya es el Registre de Turisme de Catalunya (RTC).

Otro elemento a considerar es que dar de alta un piso turístico implica una serie de obligaciones. Destacamos las más importantes:

  • Que la vivienda cuente con todo el mobiliario y menaje necesarios para atender a las personas que vengan. Esto dependerá del número de personas.
  • Disponer de la Cédula de Habitabilidad para alojar personas.
  • Garantizar un mantenimiento periódico de la vivienda y limpiarla cuando sea necesario.
  • Enviar a la comisaría de los Mossos d´Esquadra la información de las personas alojadas.
  • Solicitar a los alojados que abandonen la vivienda en 24 horas en caso de comportamientos incívicos. Este aspecto es fundamental para que no te pidan responsabilidades a medio plazo.
  • Cobrar el impuesto de Estancias en Establecimientos Turísticos (EET) y proporcionar factura. Asimismo, tienes que tener Hojas de Reclamación.

Piensa que si careces de alguno de estos elementos, pueden revocar la autorización en cualquier momento. Por lo tanto, asumir estas obligaciones implica unas responsabilidades.

Conclusión

Si tienes un piso y quieres darle un uso turístico, te animamos a que conozcas mejor todo lo que podemos hacer por ti en Gestoría Fiscal Contable. Disponemos de todos los recursos necesarios para que puedas legalizar tu vivienda y realizar la presentación de los tributos. Te animamos a que nos contactes si necesitas una gestoría especializada para tomar decisiones.

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