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Cambios legislativos para recuperar tu plan de pensiones

Un plan de pensiones es un sistema de aportaciones voluntarias para recuperar en la jubilación. Aunque tiene varias ventajas para el pago de impuestos, no ha sido hasta febrero de 2018 cuando se han facilitado los supuestos de recuperación.

¿Qué es un plan de pensiones?

El plan de pensiones como aportación periódica es un producto interesante para rentas medias. Además, y como la sostenibilidad del sistema público a medio plazo está en entredicho, el Gobierno está interesado en fomentar su contratación. Dos ejemplos son la posibilidad de deducir hasta 8.000 euros anuales o el 30 % de los rendimientos del trabajo en la declaración de IRPF. Sin embargo, uno de los problemas estaba en el rescate de la cantidad depositada. El Gobierno ha ido legislando para facilitar el acceso pero solo ahora ha introducido la posibilidad del rescate sin alegar causa.

Supuestos para recuperar plan de pensiones

En primer lugar, hay que entender que el plan de pensiones está concebido para ser rescatado en la jubilación. Por lo tanto, la recuperación anticipada se consideraba una cuestión de urgencia. La fiscalidad favorable de estos productos también contribuía a esta situación. No fue hasta la crisis económica de 2009 cuando los gobiernos legislaron para facilitar el acceso en determinados casos excepcionales. Hasta 2017, existía la posibilidad adicional de recuperar en caso de desahucio de la vivienda habitual.

La aportación del plan de pensiones se puede recuperar en los siguientes supuestos:

1- Invalidez permanente, puesto que que sobreentiende que es una jubilación anticipada. Se exigirá, eso sí, demostrar que es definitiva y para ello se necesita el dictamen de un tribunal médico.

2- Enfermedad grave que requiera una operación de cirugía mayor y una convalecencia superior a 3 meses. En este caso, la enfermedad no la tiene por qué padecer el interesado, sino que también se puede retirar para el cónyuge o familiares en primer grado.

3- Fallecimiento del titular, en este caso serán los beneficiarios y herederos quienes lo perciban. Eso sí, no es imperativo retirar la cantidad en el momento.

4- Desempleo de larga duración. Se exige que la persona esté registrada en los servicios públicos de empleo y que haya agotado sus prestaciones.

Recuperación del plan de pensiones sin alegar causa

La gran novedad del Real Decreto 62/2018 está en la posibilidad de recuperar las aportaciones sin alegar ninguna causa. Eso sí, solo será efectiva a partir de 2025 y para los capitales aportados en 2015. Para recuperar lo aportado en 2016, hay que esperar a 2026, y así sucesivamente. En cualquier caso, este supuesto permite que, cuando pasen 10 años, se pueda recuperar la cantidad libremente. Este es un elemento de motivación indudable para personas jóvenes que ganan certeza. Si hay problemas o se quiere cambiar la orientación de las inversiones, es posible hacerlo.

Existen varios modelos de plan de pensiones, según el riesgo que quieras asumir. Como la fiscalidad es diferente, te sugerimos que preguntes a una Gestoría Fiscal Contable. Somos especialistas en estos casos y podremos indicarte cuál es el tratamiento fiscal de cada producto. Nos encargamos de todas estas gestiones, así como de las liquidaciones de impuestos.

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