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Cuál es el IVA en los productos de alimentación

Los actuales tiempos conllevan tener más tino con lo que se compra. Conocer el IVA en los productos de alimentación no está de más, tanto si tienes un negocio como si eres el comprador. Lo cierto es que este es un capítulo con cierta complejidad y equivocarse, si no se tiene conocimiento, es sumamente sencillo. Este artículo detallará cuáles son los tipos de gravamen en cada grupo de alimentos.

El IVA en los productos de alimentación

Es indudable que la aplicación del IVA supone un sobrecoste en la compra y venta de alimentos. Sin embargo, hay que señalar dos aspectos. En primer lugar, la gran variedad de tipos de gravamen. Por otra parte, la diferencia entre productos de primera necesidad.

Lo cierto es que en la mayoría de los alimentos se paga un porcentaje inferior de IVA. Esto no tiene que extrañar porque, al fin y al cabo, los alimentos se consideran artículos de consumo fundamentales. Eso sí, hay que señalar que hay diferencias significativas según el caso que conviene señalar.

Estos son tres tipos de gravamen que encontrarás en función del tipo de alimento:

Tipo superreducido

El tipo superreducido, del 4 %, se aplica a aquellos alimentos que se consideran de primera necesidad. En España tienen esa consideración los huevos, la leche y el queso, la harina, el pan, las frutas, las verduras, las legumbres, los cereales y los tubérculos. La idea es que la población no tenga que asumir una sobrecarga fiscal por comprar alimentos esenciales.

Tipo reducido

El tipo reducido del 10 % se aplica a las carnes, el agua envasada, el aceite de oliva, las conservas (vegetales y animales), los pescados, el pan integral y los alimentos procesados. Por regla general, se considera que estos alimentos, aun siendo necesarios, no son básicos para una dieta. La mayoría de los alimentos que se adquieren en un supermercado tributarán por este gravamen, de manera que sí que hay un trato fiscal ventajoso.

Tipo general

El tipo general del 21 % se aplica tan solo a las bebidas alcohólicas, sean estas fermentadas o espirituosas. Por ejemplo, este es el tipo de tributación del vino, la cerveza o el whisky. Hay que recordar que, además, este tipo de productos también están gravados por impuestos especiales. Por lo tanto, conviene señalar que, si trabajas con bebidas alcohólicas, pagarás como en la mayoría de los productos no alimenticios.

Conclusión

El IVA en los productos de alimentación es diverso y, por lo tanto, te conviene conocer cuál es exactamente la cantidad que se aplica. Si eres autónomo y te dedicas al sector de la alimentación y bebidas, con más razón aún.

En la Gestoría Fiscal Contable ofrecemos un servicio integral para que no tengas problemas con tus presentaciones de impuestos. Nos encargamos de realizar la presentación de la liquidación de IVA y, además, te asesoramos para que conozcas cuáles son las condiciones que establece la legislación. Esta es una buena manera de ahorrar tiempo y dinero.

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